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Medidas Alternativas
Las medidas alternativas son una opción que prevé la Ley (R.D. 364/2005) para las empresas públicas y privadas de más de 50 trabajadores que obligadas a la cuota de reserva del 2% de su plantilla de personal con discapacidad puedan excepcionalmente acogerse a ellas.
Para la justificación de la excepcionalidad, las empresas deben recabar un certificado de inexistencia de demandantes de empleo, en el plazo de dos meses tras la recepción de la oferta de empleo. Este certificado corresponde emitirlo a las oficinas del Inem o a los servicios de empleo públicos de las comunidades autónomas con competencias transferidas.
Con este certificado, la empresa debe solicitar el certificado de excepcionalidad que acredita que la empresa no cumple con el 2% de trabajadores discapacitados en plantilla y optar por una de las medidas alternativas que recoge la ley.
La colaboración con la Fundación Carmen Pardo–Valcarce como medida alternativa puede ser:
- Compra de bienes y/o servicios con uno de nuestros tres Centros Especiales de Empleo
- Donación o Patrocinio que se destinan a actividades de inserción laboral de personas con discapacidad
- Contratación de trabajadores con discapacidad a través de un Enclave Laboral
Por la naturaleza de nuestra actividad, la Fundación Carmen Pardo–Valcarce puede ser receptora de las medidas alternativas a la contratación de personas con discapacidad establecidas en el Real Decreto 364/2005 de 8 de Abril para el cumplimiento de la LISMI.
Desde la Fundación, defendemos una sociedad en la que participemos todos y son nuestros valores los que nos permiten apostar por una plena integración laboral y social de personas con discapacidad intelectual.
Por eso y ante las dudas existentes en la materia, ofrecemos orientación en todo el proceso y asesoramos en cuál puede ser la mejor solución acorde a las necesidades de su empresa.
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